martes, 22 de noviembre de 2022

Para La Tercera, un "ejemplo" de empresa.

Partiré contando una breve anécdota que viví muchos años atrás. Cerca de la casa de mi polola, en esos momentos, hubo un allanamiento y detuvieron a un tipo acusado de robo y asesinato. La madre de éste delincuente se tiraba contra los que querían apresar a su hijo señalando que el niño era muy bueno, que a ella le daba $100.000.- diarios (esto, si hoy es mucho, imaginen 25 años atrás). El "niño" no tenía empleo, menos una profesión, pero su madre creía en la bondad de él, no se cuestionaba sobre el origen de la plata que le pasaban. En su artículo de La Tercera, del 09/11/2022, donde hablan de la "nueva doctrina laboral", el autor me recordó a esa madre.


Parto la "noticia" señalando que, desde el 2012 a la fecha (la del artículo) se han llevado 92 requerimientos de inaplicabilidad constitucional para mantener contratos con el Estado. Bueno, yo entro al buscador del sitio web del Tribunal Constitucional, en Tipo de Requerimiento selecciono "Inaplicabilidad de precepto legal (art. 93 nro 6)", y en el buscador coloco la ley (19886) y obtengo, al 22-11-2022, 177 registros. Bien lejos de los 92 que nos quieren presentar, aunque, si uno filtra por fecha debe eliminar 2 registros por ser del 2011). Sólo en lo que va corrido en el año 2022 tenemos 67 casos!!! (¿saben buscar esos periodistas?). Para corroborar, en la página señalada más arriba, deben ir a "Otras Búsquedas", en Materia seleccionar "INA - Inaplicabilidad de precepto legal (Art 93 Nro 6)" y, en Carátula, poner "19.886" (que es la ley que se basa el artículo)


Pero vamos a centrarnos en otro aspecto. En una parte del artículo nos señala que una empresa, Finning, tiene 9 de 11 requerimientos rechazados éste año. Al igual que la madre del delincuente, el periodista, y el editor del medio, no se cuestionan porque una empresa tenga 9 juicios en poco más de 11 meses del año. Casi un juicio mensual (sobre todo, porque hay un mes de vacaciones).


Y, aquí entramos a tratar de analizar los datos. No nos dejaremos llevar por la impresión de los autores o editores, sino que iremos a los datos duros.


Según el sitio web de Tribunal Constitucional, en los tres últimos años, la emprea tiene el siguiente registro:


Con esos datos, uno puede recordar el viejo refrán: "Si el río suena, es porque piedras trae". Esto porque ésta empresa, en partícular, tiene el record de juicios de ésta índole.

Dejando los datos del Tribunal Constitucional, nos vamos al sitio web del Poder Judicial, y buscaremos sólo en dos ciudades (3 juzgados laborales). Una es Antofagasta, con un juzgado en dicha ciudad, y Santiago, básicamente el 1 y 2 Juzgado), buscando bajo los siguientes criterios, en "Búsqueda por Rut Persona Jurídica":

Rut: 91489000-4
Año: (Iteraremos entre el 2020 y el 2022)
Competencia: Laboral
Corte: Iteraremos entre C.A. de Antofagasta y C.A. de Santiago
Tribunal: Iteraremos entre Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta (para C.A. de Antofagasta), 1er Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago y 2do Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago (ambos para C.A. de Santiago)

Del listado que obtendremos, sólo miraremos aquellos que empiezan con Rit con "T" y con "S". Explico, los que empiezan con "T" son juicios por tutela, y los con "S" son juicios sindicales.

En el 2020, en el juzgado de Antofagasta, tenemos 25 juicios de los tipos señalados, el 2021 tiene 27 y el 2022 lleva 25 casos; en el 1er Juzgado de Santiago, los datos son: el 2020, 2 casos, el 2021 tiene 1 caso y el 2022 lleva 4 casos; y en 2do Juzgado de Santiago los datos son: 2020 tiene 3 casos; el 2021 tiene 1 caso y el 2022 lleva 1 caso también. Resumiendo, 30 el año 2020, 29 el año pasado y ya llevamos 30 éste año. La pregunta que surge, así como la madre del ldrón arriba señalado, una empresa que tiene tal cantidad de juicios, defiende a sus trabajadoras y trabajadores? O, más bien, se siente con la libertad para oprimirlos, total "yo les doy trabajo".

Podemos revisar los fallos que ya están a firme, y ver los argumentos que han entregado las y los jueces, para poder sacar conclusiones no apresuradas. Estamos hablando de 67 fallos diferentes, de primera instancia, para buscar si existe un patrón común.



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